AVANCE: Primera sentencia del Tribunal Supremo condenando penalmente a una persona jurídica.

En este 29 de febrero de 2016, festivo en nuestra tierra andaluza, se ha publicado la primera Sentencia del Tribunal Supremo que estima la existencia de responsabilidad penal de personas jurídicas, la STS 154/2016, en la que se condena a la persona jurídica procesada.

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Respecto de esta novedosa Sentencia, desde Intuita hemos de señalar:

1.- Que no es la primera Sentencia en la que el Tribunal Supremo se posiciona respecto de la existencia de responsabilidad penal de las personas jurídicas, puesto que ya se posicionó hace 6 meses en la STS 714/2015 de 2 de septiembre de 2015, aunque en aquella primera ocasión no fuera condenatoria.

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2.- Que hemos de recordar que, si bien en ambas Sentencias el Alto Tribunal se posiciona respecto de la responsabilidad penal de empresas introducida por la Ley Orgánica 5/2010 (en vigor, recordemos, desde la Navidad de 2010), en ninguna de las dos se tiene prevista la eximente que con un completo y adecuado programa de prevención de delitos, comúnmente conocido como Corporate Compliance, gozan las empresas tras la reforma en vigor desde el pasado 1 de julio de 2015.

3.- Que de un estudio preliminar de esta Sentencia 154/2016, hemos de señalar que el Tribunal Supremo se ha hecho eco del contenido de la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado del pasado 22 de enero de 2016, en un pronunciamiento que puede entenderse que empieza a conformar la base jurisprudencial de la existencia o no de responsabilidad penal de las empresas.

En conclusión, nuestro Tribunal Supremo ya ha tenido ocasión de posicionarse en varias ocasiones respecto de la existencia de responsabilidad penal de las empresas, no de una manera potencial o hipotética, sino respecto de unos hechos objetivos y probados acaecidos hace más de 5 años.

En las Sentencias del Tribunal Supremo venideras se condenará a diversas personas jurídicas por hechos acaecidos desde 2011 hasta nuestros días, siendo la implantación y mantenimiento de un adecuado programa de Corporate Compliance la única manera de eximir a una empresa de su eventual responsabilidad penal.

José León-Castro Gómez

César Romero de la Osa Martínez
Socios fundadores de Intuita Legal Compliance