Exigibilidad del protocolo interno antiacoso de los «whistleblowers» (informadores) en empresas de más de 50 empleados

La protección a los “whistleblowers”, próximo objetivo de la Comisión Europea

Un protocolo interno será exigible a las empresas con más de 50 empleados o con más de 10 M€ de negocio anual

Ya sabíamos que los llamados “informantes” (whistleblowers es el término anglosajón) de irregularidades estaban llamados a desempeñar un papel fundamental a la hora de destapar actos ilegales susceptibles de dañar el interés público y el bienestar de la sociedad y los ciudadanos europeos.

Ahora es la Comisión Europea la que se ha propuesto reforzar su protección en toda la UE y para ello está preparando una nueva Directiva. ¿Y por qué?

Les damos algunas razones y los motivos:

  • El Dieselgate. El caso de las emisiones manipuladas ha hecho perder al Grupo Volkswagen millones de euros, además de obligarlo a realizar una profunda restructuración, cuyo último capítulo se escribía esta semana con la dimisión de Matthias Müller. El escándalo del Dieselgate sigue coleando más de dos años después.
  • Luxemburgo Leaks. Casi 350 multinacionales (Fiat, Amazon, Pepsi, Ikea, AIG, JP Morgan, PIMCO, Heinz, Burberry o Deutsche Bank), firmaron acuerdos secretos con Luxemburgo para rebajar sus impuestos. El escándalo, que ya es conocido como «Lux Leaks», afectó directamente a Jean-Claude Juncker justo cuando era elegido presidente de la Comisión Europea.
  • Los papeles de Panamá. Ahora se cumplen dos años desde que se conociera la investigación periodística sobre la filtración masiva de documentos del bufete de abogados panameño Mossack Fonseca, que probaban la existencia de 214.000 compañías opacas que operaron en 200 países o territorios, y la participación de más de 500 entidades financieras, políticos y otras figuras públicas. Esta información provocó un terremoto que obligó a organismos supranacionales a acelerar las iniciativas para evitar el fraude, la evasión y la elusión fiscal.
  • Cambridge Analytica. Comenzó con un aparentemente inocente test de personalidad en la red social y derivó en acusaciones de robo de datos, interferencia política y chantajes con prostitutas. Hizo que el valor en bolsa de Facebook se desplomara por valor de 37 M$ en un día. A día de hoy, la empresa británica Cambridge Analytica se ha declarado en concurso por imposibilidad de afrontar los costes derivados.

La propuesta de la Comisión Europea tiene el objetivo de garantizar en toda la UE que los informantes que notifiquen infracciones de la legislación de la UE en materias entre las que destacamos a continuación estarán debidamente protegidos frente a eventuales despidos, degradaciones y otras formas de represalia laboral. Algunas de estas materias son:

  • Contratación pública,
  • Servicios financieros,
  • Blanqueo de capitales y financiación del terrorismo;
  • Seguridad de los productos;
  • Seguridad en el transporte;
  • Protección del medio ambiente;
  • Seguridad de los alimentos y los piensos;
  • Salud y bienestar de los animales;
  • Salud pública; protección de los consumidores;
  • Privacidad, protección de datos y seguridad de las redes y los sistemas de información.

En el ámbito subjetivo de la propuesta de la Comisión, todas las empresas de más de 50 empleados o con un volumen de negocios anual de más de 10 millones de euros deberán crear un procedimiento interno para gestionar los informes de los denunciantes de irregularidades, siendo también de aplicación esta propuesta a las administraciones nacionales y regionales y a los municipios de más de 10.000 habitantes.

Entre los mecanismos de protección que deberán establecerse por parte de los sujetos obligados, según se ha indicado, destacamos los siguientes:

  1. Canales claros de notificación que garanticen la confidencialidad de la información, dentro y fuera de la organización.
  2. Si los canales internos no funcionan correctamente o su funcionamiento resultase perjudicialmente lento (riesgo de poner en peligro la eficacia de las investigaciones por parte de las autoridades competentes), procede la notificación a las autoridades competentes;
  3. Notificación a los medios de comunicación o al público, si no fueran adoptadas medidas adecuadas tras las notificaciones anteriores, o en caso de peligro inminente o manifiesto para el interés público o de daños irreparables.
  4. Obligaciones de notificación aplicables a las autoridades y las empresas, que tendrán que responder y dar curso a las notificaciones de los denunciantes de irregularidades en el plazo de tres meses en el caso de los canales internos de notificación.
  5. Deben queda expresamente prohibidas, y establecerse el correspondiente régimen sancionador, todas las formas de represalia para los informantes, a quienes deberá garantizarse asesoramiento gratuito y a las vías de recurso adecuadas. Será la persona u organización quienes deberán demostrar que no se trata de una represalia contra el informante de irregularidades, invirtiéndose la carga de la prueba. También recibirán protección en los procesos judiciales, a través de su exención de responsabilidad por revelación de información.

La propuesta protege a quien denuncia de manera responsable la existencia de irregularidades y nace con un claro propósito de salvaguardar el interés público, contemplando salvaguardias para disuadir e impedir los informes abusivos o malévolos y prevenir daños injustificados a la reputación.

También está previsto garantizar que los afectados por la notificación realizada por un informante de irregularidades disfrutarán plenamente de los derechos a la presunción de inocencia, la tutela judicial efectiva, derecho a un juicio justo y de defensa.

José León-Castro Gómez

Socio de Intuita Consultores Jurídicos